DERECHOS DE
MATRÍCULA Y PAGO
Matrícula
Los cargos de matrícula
por crédito graduado son
establecidos por la Junta de Síndicos de la Universidad
de Puerto Rico. La
Certificación 60 (2006-2007) de la Junta de Síndicos reglamenta
la política sobre cargos de matrícula en la UPR y
establece las tasas de aumento para la matrícula para cada
clase entrante a estudios de bachillerato y graduados, a partir
del año académico 2007-08. Para más información
sobre cargos de matrícula refiérase a la sección
de Costos
de estudio.
Reglas de pago
Todos
los derechos se pagarán el día de la matrícula
a menos que se solicite una prórroga.
Prórrogas
Cualquier
estudiante graduado que esté matriculado en
no menos de tres créditos que carezca de los recursos
para pagar la totalidad de su matrícula y
otros cargos, al momento de la matrícula podrá solicitar
una prórroga para efectuar los
pagos. Los detalles se pueden obtener en el Decanato de Estudiantes.
Esta prórroga se aplicará sólo
a la matrícula y a los derechos de laboratorio; los demás
cargos se pagarán al momento de la matrícula.
Morosidad en pagos de
matrícula y otros cargos
A los estudiantes que tengan deudas
atrasadas con la Universidad no se les concederá una
extensión del período de pago, ni serán
elegibles para recibir servicios universitarios con o sin paga,
ni se les expedirá documento oficial alguno relacionado
con su trabajo académico. Se les suspenderá, por
medio de una notificación por escrito,
cualquier servicio que estén recibiendo mientras no hayan
cubierto sus deudas o estén cumpliendo
con un plan de pago. Se notificará al estudiante por escrito
a su dirección más reciente;
si no contesta dentro de un plazo de cinco días laborables,
se suspenderán los servicios según
se ha indicado anteriormente.
Bajas y reembolsos
Los
estudiantes que se hayan dado de baja durante las primeras dos
semanas de cualquier semestre o durante la primera semana de
la sesión de verano
podrán reclamar la devolución del 50 por ciento de
los derechos de créditos pagados. Esta
solicitud de reembolso debe ser aprobada por el decano de la facultad
o escuela correspondiente y por el Registrador, y presentada dentro
de los cinco días siguientes a la aprobación en la
Oficina de Recaudaciones. Los estudiantes que se hayan dado de
baja total no se considerarán matriculados
en la Universidad. Para continuar estudios posteriormente, deberán
solicitar readmisión según
los procedimientos ya indicados.
Matrícula de honor
La
matrícula de honor conlleva la exención del
pago por derechos de matrícula. La política que
se aplica para la matrícula de honor es la siguientes:
- A los estudiantes graduados de primer año en el Sistema Universitario, no se les concederá matrícula de honor.
- Los estudiantes regulares de segundo año en adelante
disfrutarán de exención de matrícula si su índice
académico los coloca dentro del 5 por
ciento superior de su clase y si su índice académico
es de 3.5 puntos o más. Se consideran
estudiantes regulares a aquellos que, a nivel de maestría,
cumplen con un mínimo de 8 créditos
o, a nivel de doctorado, con el mínimo de créditos
indicado por su programa.
- Los estudiantes graduados matriculados en cursos de disertación
o tesis que mantengan un índice académico de 3.5 puntos o más y continúen
en el 5 por ciento superior de su clase tienen derecho a disfrutar de la matrícula de honor. El
privilegio de la matrícula de honor cesa si un estudiante termina cualquier semestre con un programa de estudios menor de
8 créditos (sesiones de verano excluidas).
- Los estudiantes de segundo año en adelante que son
readmitidos después de haber interrumpido sus estudios por más de un semestre tienen
derecho a la matrícula de honor si tienen un índice académico de 3.5 puntos o más,
están dentro del 5 por ciento superior de su clase y han completado un mínimo de ocho créditos
en estudios graduados en el último semestre en el que estuvieron.
Exención de matrícula
Están exentos de pago de
matrícula los asistentes
de cátedra y los de investigación, los empleados
universitarios, sus cónyuges y sus hijos.
Estudios Graduados para
empleados universitarios
Los miembros
regulares del personal docente y no docente se podrán
matricular en un máximo de seis créditos por semestre
con la autorización
del director de su unidad. Para más detalles, consúltese con la Oficina de Recursos
Humanos.
Procedimientos de matrícula
El
Registrador es el custodio de los documentos de los estudiantes
y el que establece los procedimientos de matrícula. Para
que los programas de clases de los estudiantes sean válidos,
tendrán que ser aprobados por el Registrador. Los estudiantes
deberán matricularse en la fecha indicada en el calendario
académico, aunque en casos excepcionales
se permite la matrícula tardía.
Para que los nuevos estudiantes puedan matricularse en los cursos, se les requiere
presentar la carta de admisión a la Universidad. El procedimiento de matrícula se completa con el pago de la matrícula y demás cuotas.
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