PROTOCOLOS DE INVESTIGACIÓN QUE DEBEN SER REVISADOS POR EL CIPSHI

Todo protocolo de investigación que involucre la participación de personas como sujetos de estudio debe ser revisado y autorizado por el CIPSHI, con la excepción de unas categorías de investigación que se especifican más adelante. Ninguna investigación puede comenzar sin esta revisión y autorización.

Esta revisión y autorización es requisito si la investigación:

  1. está subvencionada por la Universidad de Puerto Rico;
  2. se lleva a cabo por o bajo la dirección de cualquier profesor, estudiante, empleado o agente del Recinto, como parte de sus funciones y responsabilidades, independientemente de la procedencia de los fondos de la investigación;
  3. se lleva a cabo por o bajo la dirección de cualquier profesor, investigador, estudiante, empleado o agente del Recinto, haciendo uso de cualquier propiedad del Recinto, independientemente de la procedencia de los fondos de la investigación; o sí
  4. conlleva el uso de información no pública en poder del Recinto para identificar o contactar participantes humanos actuales o potenciales, independientemente de la procedencia de los fondos de la investigación.

¿Qué investigaciones tienen que ser revisadas por el CIPSHI?

La política institucional del Recinto de Río Piedras de la Universidad de Puerto Rico es que todo protocolo de investigación que involucre la participación de personas como sujetos de estudio debe ser revisado y autorizado por el CIPSHI.

Las investigaciones con sujetos humanos a las que les aplica esta política son las que cumplen con las definiciones del Reglamento Federal 45 CFR 46:

Investigación: estudio sistemático, incluyendo el desarrollo del estudio, pruebas y evaluaciones, diseñados para aportar a o acrecentar el conocimiento generalizable. Las actividades que cumplan con esta definición constituyen investigación para propósitos del reglamento federal (45 CFR 46), aunque no constituyan investigación para otros propósitos. Por ejemplo, algunos programas de demostración y servicio pueden incluir actividades de investigación.

Sujeto humano significa un individuo vivo del cual un investigador (ya sea profesional o estudiante) que conduce una investigación obtiene:

  1. información a través de intervención o interacción con el individuo, o
  2. información privada identificable

El siguiente diagrama es una guía para que el investigador pueda distinguir si su investigación tiene que ser revisada por el CIPSHI.

Investigaciones que no tienen que ser revisadas por el CIPSHI

Todo protocolo de investigación que involucre la participación de personas como sujetos de estudio debe ser revisado y autorizado por el CIPSHI, con la excepción de unas categorías de investigación que se especifican más adelante. Ninguna investigación puede comenzar sin esta revisión y autorización.

Excepciones

Las únicas investigaciones con participantes humanos como sujetos de estudio que se eximen del requisito de revisión y autorización por parte del CIPSHI deben caer bajo una de estas categorías:

  • las que han sido declaradas exentas de revisión futura por el DEGI
  • las que se lleven a cabo para adiestrar a los estudiantes en técnicas y metodologías de la investigación y que no cumplen con la definición de investigación según el reglamento federal 45 CFR 46.
  • las que estén en etapa de proyecto piloto y que no cumplen con la definición de investigación según el reglamento federal 45 CFR 46.102.

Las investigaciones que se lleven a cabo con el propósito de adiestrar a los estudiantes en técnicas y metodologías de investigación así como ciertos proyectos piloto no necesariamente tienen que someterse a la revisión del CIPSHI si no cumplen con la definición de investigación según el reglamento federal 45 CFR 46.102:

  • si los resultados obtenidos no rebasarán los límites del salón de clases o no conducirán a conocimiento generalizable o
  • si los proyectos piloto no son parte del diseño, desarrollo, prueba o evaluación de una investigación cuyo fin es contribuir al conocimiento generalizable.

Los proyectos que se llevan a cabo para adiestrar a los estudiantes en técnicas y metodologías de la investigación son más frecuentes en los cursos subgraduados y con estudiantes subgraduados. Por lo general, las investigaciones a nivel graduado contribuyen o contribuirán al conocimiento generalizable. No obstante, los investigadores, profesores y supervisores de estas investigaciones son los responsables de orientar y formar a sus estudiantes y asistentes de investigación y de asegurarse de que éstas se lleven a cabo con el rigor ético óptimo que requiere este Recinto.

Los investigadores, profesores y supervisores de estas investigaciones tienen la responsabilidad de completar el formulario Notificación de investigación de curso o proyecto piloto no sujeto a revisión una vez al año y de entregarlo en el DEGI.


 


Para preguntas o comentarios puede comunicarse con el Dr. Mariano Maura o
con la Sa. Myriam L. Vélez Galván en el DEGI al teléfono 787-764-0000, extensión 2515.

cipshi@degi.uprrp.edu

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