Ley 60

El Decanato de Estudios Graduados e Investigación del Recinto de Río Piedras tiene a su cargo la totalidad de los asuntos relacionados a proyectos de fondos externos, incluyendo el gestionar cualquier trámite de nuestros investigadores relacionados a la Ley Núm. 60. Durante los pasados años las exenciones contributivas estaban cobijadas bajo la Ley 101 de 2008, conocida como la Ley de Incentivos Contributivos de Investigadores y administrada por el Fideicomiso de Ciencias, Tecnología e Investigación (PRST, pos sus siglas en inglés). Actualmente la Ley 60 cobijará todo salario devengado a partir de 1 de enero de 2020 y se administrará a través del Departamento de Desarrollo Económico. Como inicio del proceso, todas las solicitudes y sus respectivos documentos deberán ser sometidos a la Sra. Elba E. Carrión Paler vía correo electrónico a elba.carrion@upr.edu. Las solicitudes serán entonces revisadas con la asistencia del Decanato Auxiliar de Investigación, instancia que tramitará al PRST, quien recomendará la elegibilidad del solicitante y gestionará en base del tramite correspondiente y detallado en su página web. Además, es importante señalar que todo investigador es responsable de someter su solicitud a través del Single Business Portal una vez reciba la respuesta del PRSRT en cuanto a la recomendación de su solicitud.

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