Licencias y Prórrogas de Estudios

Licencias de Estudio

La licencia de estudio es uno de los mecanismos para extender el término mínimo para completar el grado académico a los estudiantes graduados. El estudiante podrá interrumpir sus estudios por un periodo no mayor de un año académico, periodo que no se contará para propósito del tiempo requerido para completar el grado. Para ser elegible, tiene que estar dentro del término del tiempo para completar los requisitos de grado conforme a la certificación que le aplique.

Datos importantes

  1. El estudiante que necesite interrumpir sus estudios por razones personales apremiantes o por oportunidades académicas extraordinarias o por servicio público podrá optar por una licencia de estudio por un período que no excederá de un año académico. Para propósitos de las licencias por servicio militar, se procederá conforme a lo dispuesto en las leyes y reglamentos aplicables.
  2. La concesión de esta licencia tendrá que ser evaluada y autorizada por el Comité de Asuntos Graduados de la escuela o programa graduado. De autorizarla, la escuela o programa graduado reservará el espacio al estudiante por el término de la licencia sin exceder un año académico.
  3. El tiempo en licencia no contará dentro del tiempo límite que le resta para terminar sus estudios.
  4. Al expirar la licencia, el estudiante estará obligado a notificar a la escuela o programa graduado su intención de regresar o hacer un pedido extraordinario por un segundo año. De lo contrario, la escuela o programa graduado podrá disponer de su espacio.

Procedimiento para solicitar la licencia de estudio

  1. El estudiante que necesite solicitar una licencia de estudio, tiene que escribir una carta a su programa graduado indicando la razón de su petición y el periodo de tiempo para disfrutarla.
  2. El Comité de Asuntos Graduados de la escuela o programa evaluará la petición y de autorizarla enviará copia de la petición y una carta avalando la misma al Decanato de Estudios Graduados e Investigación (DEGI).
  3. En el DEGI se corroborarán los siguientes datos:
    • Fecha de admisión al programa – para cotejar que se esté dentro del tiempo para completar el grado, conforme a la certificación que le aplique (Sistema Estudiantil)
    • Si tiene licencia otorgada previamente – cantidad de semestres (licencia no se puede otorgar por más de 4 semestres)
  4. Se hace borrador de la carta aceptando o denegando la petición dirigida a la persona que firmó la carta avalando la petición y se envía a la Coordinadora de Asuntos Estudiantiles Graduados del DEGI para su revisión y aprobación final.
  5. Se envía la respuesta revisada al programa graduado: director/a, coordinador/a, oficial de asuntos estudiantiles o asistente administrativo, según sea el caso.
  6. Si se acepta la petición, se envía copia de la carta a la Oficina de la Registradora para que se haga la anotación en el expediente del/la estudiante.
  7. Se añaden los datos del estudiante en la base de datos de licencias de estudio de la Coordinadora a cargo en el DEGI.

Prórroga

La prórroga es uno de los mecanismos para extender el término mínimo para completar el grado académico a los estudiantes graduados, conforme a la certificación aplicable. El tiempo mínimo está establecido en las certificaciones de Política Académica para los Estudios Graduados del Recinto de Río Piedras que establece el Senado Académico.

Procedimiento para solicitar la prórroga:

  1. El estudiante que necesite solicitar una prórroga, tiene que escribir una carta a su programa graduado indicando la razón de su petición, el periodo de tiempo para disfrutarla (uno o dos semestres) y un plan de trabajo que tenga el aval del/la directora/a de la tesis/disertación.
  2. El Comité de Asuntos Graduados de la escuela o programa evaluará la petición y de autorizarla enviará copia de la petición, del plan de trabajo, una carta avalando la misma y el Formulario Solicitud de Prórroga para Completar los Requisitos de Grado con las firmas correspondientes al Decanato de Estudios Graduados e Investigación (DEGI).
  3. En el DEGI se corroborarán los siguientes datos:
    • Fecha de admisión al programa (Sistema Estudiantil) – para identificar la certificación que le aplique y establecer el tiempo que lleva en el programa y el exceso al terminar la prórroga
    • Si tiene prórroga otorgada previamente – cotejar las condiciones bajo las cuales se otorgó
  4. Se hace borrador de la carta aceptando o denegando la petición dirigida a la persona que firmó la carta avalando la petición y se envía a la Coordinadora de Asuntos Estudiantiles Graduados del DEGI para su revisión y aprobación final.
  5. Se envía la respuesta revisada al programa graduado: director/a, coordinador/a, oficial de asuntos estudiantiles o asistente administrativo, según sea el caso.
  6. Si se acepta la petición, se envía copia de la carta a la Oficina de la Registradora para que se haga la anotación en el expediente del/la estudiante.
  7. Se añaden los datos del estudiante en la base de datos de prórrogas de la Coordinadora a cargo en el DEGI.
  8. Se crea expediente físico o electrónico del/la estudiante.
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